Ecuador

Un análisis nacional sobre la situación de los territorios de vida

Foto: Fundación ALDEA
Autor(es): Paola Maldonado, Jaime Robles, Verónica Potes

Se estima que, en el Ecuador, por lo menos el 40 % del territorio ecuatoriano (aproximadamente 104 059,1 km2) son territorios de pueblos y nacionalidades Indígenas, afroecuatorianas y montubias. En un estado plurinacional e intercultural, el reconocimiento y la garantía de los derechos territoriales, colectivos y de la naturaleza es una vía imprescindible para garantizar la conservación de la biodiversidad. Cinco territorios de vida se han registrado hasta abril de 2021 en la Base mundial de territorios de vida (Registro TICCA), entre todos ellos cubren alrededor de 17 906,37 km2 de ecosistemas naturales (bosque húmedo tropical, bosque seco y vegetación arbustiva) en zonas clave para la conservación de la biodiversidad, bajo sus formas de gobierno propias; sin embargo, un 80,2 % de esos territorios de vida están amenazados por el extractivismo.

Contexto

Ecuador es uno de los países megadiversos del planeta. Localizado en el cruce de la cordillera de los Andes y la línea equinoccial en América del Sur, es de los países más pequeños y densamente poblados de la región. El 45,5 % de su superficie forma parte de la cuenca amazónica, donde se alberga la mayor área de bosques tropicales y en buen estado de conservación del país. Un 23,6 % corresponde a la región Sierra; un 27,5 % a la región Costa y 3,2 % a la región insular (Islas Galápagos).

Ante la demanda del movimiento Indígena y las organizaciones sociales por reconocer la diversidad cultural del país, el Ecuador se reconoce en su Constitución como un estado de derechos, intercultural y plurinacional (Art. 1). Los pueblos, las nacionalidades y los colectivos son titulares de derechos, incluidas las comunidades, los pueblos y las nacionalidades Indígenas, afroecuatorianas y montubias (Art. 10, Art. 57 y siguientes), y la naturaleza también es titular de derechos (Art. 70 a 74). Según el censo del año 2010, la población total del Ecuador es de 14,4 millones de habitantes, de los cuales el 7,4 % de la población se autoidentificó como montubia, el 7,2 % como afroecuatoriana y el 7,0 % como Indígena[1].

Ubicación del Ecuador en América del Sur. Mapa: ALDEA, 2021

Los Pueblos Indígenas preexisten en todo el territorio ecuatoriano; sin embargo, hay regiones donde su presencia es predominante, por ejemplo, en la Amazonía y la Sierra. En la Amazonía habitan las nacionalidades achuar, a’i kofán, waorani, siekopai (también conocidos como secoya), quijos, andwa, shuar, siona, shiwiar, sapara, kichwa de la Amazonía (que a su vez comprenden distintos pueblos autónomos, como es en la Sierra el pueblo kichwa de Sarayaku), además es el espacio de vida de los Pueblos Indígenas en aislamiento Tagaeri y Taromenane[2] (o “pueblos en aislamiento voluntario”, como los define la Constitución). En la Sierra se localizan los natabuela, otavalo, karanki, kayambi, kitu kara, panzaleo, chibuleo, salasaka, kisapincha, tomabela, waranka, puruhá, kañari, saraguro, paltas y kichwa de la sierra. Por su parte en la Costa, están los épera, awa, chachi, tsáchila, manta, huancavilca y kichwa de la costa.

Territorios de Pueblos y Nacionalidades Indígenas, afroecuatorianas y montubias. Mapa: ALDEA, 2021, a base de Zamora G., Maldonado P. (2016); EcoCiencia, Atlas Amazonía Bajo Presión (2018); Organizaciones de los TICCA en Ecuador (2017-2020).

A pesar de que no existe una cartografía oficial a nivel nacional, diversas investigaciones permiten estimar que por lo menos un 40 % del territorio ecuatoriano (104,06 km2) corresponde a territorios de Pueblos Indígenas y comunidades locales, del cual la Amazonía es la región con mayor superficie de territorios Indígenas, ya que representa el 73 % de los territorios de los pueblos y las nacionalidades del país.

Algunos Pueblos Indígenas quedaron separados por las fronteras de los estados, lo cual afectó y sigue afectando las dinámicas de movilidad y usos del territorio. Esto ocurre en las fronteras con Colombia y con Perú. Estos pueblos transfronterizos incluyen a los awá, chachi, a’i kofán, siona, siekopai (secoya), shuar (en Ecuador, nación wampís en Perú) y a los achuar en Ecuador y Perú.

En su mayoría, las comunas y comunidades Indígenas están articuladas en organizaciones de segundo grado, es decir, provinciales y subprovinciales, y estas a su vez en organizaciones regionales como CONFENIAE[3] en la Amazonía, ECUARUNARI[4] en la Sierra y CONAICE[5] en la Costa. Todas integran una nacional, la CONAIE[6], la mayor organización Indígena en el Ecuador. Otras organizaciones Indígenas nacionales son la FENOCIN[7] y la FEINE[8]. En el nivel supranacional existen dos organizaciones relevantes: la COICA[9], que aglutina a las organizaciones Indígenas de los nueve países amazónicos y la CAOI[10], que integra a las organizaciones de los países andinos (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia).

Territorios de vida, áreas protegidas y extractivismos

La biodiversidad es importante para el Ecuador y está protegida en la Constitución que reconoce los derechos a la naturaleza. Ecuador ratificó y es “parte” del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) desde 1993, lo que le compromete a cumplir con las metas de Aichi y las Metas Nacionales de Biodiversidad. En lo que se refiere a las áreas protegidas, aproximadamente el 20 %[11] de la superficie terrestre (continental e insular) del país forma parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), que busca garantizar la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas[12]. Si bien el SNAP se integra por cuatro subsistemas: estatal, autónomo descentralizado, privado y comunitario, este último “se encuentra en estructuración”[13]. Las experiencias de comanejo y cogestión de las áreas protegidas todavía no logran integrar eficazmente la dimensión del territorio y la importancia que este representa para los pueblos y las nacionalidades, quienes en su mayoría guardan una estrecha relación con su territorio que se expresa en el conocimiento profundo de los bosques, los páramos y los manglares, así como en los conocimientos propios, las prácticas y las formas de organización que les permiten reconocer y gestionar colectivamente sus bienes comunes. Alrededor del 16,4 % del SNAP se superpone con los territorios de los pueblos y las nacionalidades. Varios pueblos y nacionalidades exigen el reconocimiento de sus propios sistemas de gobernanza y de conservación, tales son los casos del Sistema Achuar de Conservación y Reservas Ecológicas (SACRE), propuesto por la nacionalidad achuar que mantiene el 95 %[14] de su selva en buen estado de conservación; el Kawsak Sacha, del pueblo kichwa de Sarayaku; o el pueblo kayambi en la Sierra norte del país, quienes sostienen desde hace varios años acuerdos colectivos para la gestión y el cuidado de los páramos y los recursos hídricos. 

Emblemático árbol de Ceibo en el bosque seco conservado por la Comunidad Agua Blanca, Manabí, Ecuador.
Foto: Edu León, Fundación ALDEA, 2019

Mientras existen esfuerzos por avanzar en la conservación, a la vez, avanza el extractivismo. En el año 2008, Ecuador implementó el programa Socio Bosque, un mecanismo de incentivos económicos a personas, comunidades campesinas, pueblos y nacionalidades para conservar bosques, páramos y otros ecosistemas frágiles. Según el Ministerio de Ambiente y Agua, para el año 2018, el área total del programa Socio Bosque alcanzaba 1,616 millones de hectáreas.[15] Algunas de esas áreas compensadas por la conservación están a la vez concesionadas para actividades petroleras y mineras. Uno de los ejemplos más extremos de esta contradicción es el caso del Pueblo Shuar Arutam (PSHA) donde el 41 % de su superficie participa en el programa Socio Bosque y a la vez, el 76 % de su territorio ha sido concesionado para actividades de minería y petróleo[16], lo que da cuenta de la disputa y la presión sobre los territorios Indígenas: por un lado, un modelo desarrollista sustentado en actividades extractivas y, por otro, una propuesta de autodeterminación, defensa territorial y conservación de la naturaleza a través de los gobiernos comunitarios.

A esto se suma una visión explícita de las áreas protegidas como “zonas de reserva para el extractivismo futuro”. Desde su creación, los Parques Nacionales (una categoría dentro del SNAP) no son susceptibles de explotación. Pese a ello, el Parque Nacional Yasuní (PNY), que fue uno de los primeros parques del país, varias veces ha tenido modificaciones en sus límites para ajustarse a las demandas de la explotación petrolera, pese a ser parte del territorio tradicional waorani (nacionalidad de reciente contacto) y de los pueblos en aislamiento Tagaeri y Taromenane.

En el año 2008, la Constitución amplió la intangibilidad a todas las áreas protegidas y zonas intangibles, salvo por el caso excepcional de “interés nacional”, alegado por el Ejecutivo y autorizado por la Asamblea Nacional. En 2013, la Asamblea autorizó la explotación en los bloques 31 y 43 dentro del Parque Nacional Yasuní. De esta manera, el estado trata en la práctica a las áreas protegidas y a los territorios de vida de los Pueblos Indígenas y las nacionalidades como zonas reservadas para un extractivismo futuro. Las áreas protegidas son creaciones estatales sujetas a objetivos y regulaciones que no siempre coinciden con los de las comunidades y a veces incluso los contradicen, es decir, son espacios sin sistemas de gobernanza democráticos y localizados. De ahí que el fortalecimiento de las comunidades locales a través de una interpretación garantista de los derechos de participación podría ser una vía adecuada incluso para incidir en una visión diferente del SNAP y sus subsistemas.

Mapa 3: Territorios de Pueblos y Nacionalidades Indígenas, afroecuatorianas y montubias y su traslape con concesiones mineras y petroleras en el Ecuador continental. Mapa: ALDEA, 2021.

El reconocimiento de los derechos colectivos garantiza, entre otros derechos, el ejercicio de la autonomía y la autodeterminación de los pueblos, además del derecho al territorio, a mantener las formas propias de organización, de resolución de conflictos y a la justicia Indígena; sin embargo, todos estos reconocimientos no han permeado aún la estructura de un estado que mantiene su visión hegemónica, racista, patriarcal y colonial. La economía ecuatoriana depende de la extracción de materias primas, que en muchos casos implica despojo, desplazamiento e invisibilización de la diversidad socioecológica y cultural del país. Las actividades de alto impacto en los territorios, como minería, petróleo, agronegocios, expansión inmobiliaria, entre otras, no han seguido los procesos de consulta previa, libre e informada dispuestos en la Constitución. De ahí que los pueblos afectados no han tenido la oportunidad de expresar, condicionar ni negar su consentimiento a esas actividades; razón por la cual, en algunos casos han recurrido al sistema judicial para demandar por su incumplimiento, como se explicará más adelante en este texto.

De manera irónica, paralelo al reconocimiento del estado ecuatoriano como plurinacional e intercultural, en el transcurso de los últimos 15 años se ha consolidado el modelo extractivista. Como se puede observar en el mapa 3, aproximadamente el 37,5 % del territorio nacional continental y más del 60 % de los territorios de pueblos y nacionalidades están concesionados a actividades de minería y petróleo. Los extractivismos se concentran en las zonas de más alta biodiversidad, en cabeceras de las cuencas hidrográficas y en áreas cuyos impactos trascienden las fronteras nacionales. Por poner un ejemplo, las concesiones mineras pasaron de representar el 0,04 % del territorio en 2004 al 9,5 % en 2019. 

La comuna Playa de Oro es un Territorio de Vida. Video, 1:55 min, Fundación ALDEA, 2019.

Hasta abril de 2021, los territorios de vida registrados en la Base mundial (Registro TICCA) están localizados en la Costa y la Amazonía. En la costa están la comuna Playa de Oro (106,09 km2) y la comuna Agua Blanca (92,02 km2); en la región amazónica están el Pueblo Shuar Arutam (2325,34 km2), la Nacionalidad Waorani del Ecuador (7744,88 km2), el Pueblo Kichwa de Sarayaku (1350 km2) y, en proceso de registro, la Nacionalidad Achuar del Ecuador (6779,30 km2). Juntos, todos estos territorios de vida poseen aproximadamente 17 906,4 km2 de bosques tropicales, bosques secos, vegetación arbustiva y otros ecosistemas frágiles en el Ecuador. A excepción de la comuna Agua Blanca (que se localiza dentro del Parque Nacional Machalilla), los territorios de vida no forman parte del SNAP.

El reconocimiento y el registro como territorios de vida surge de un proceso de autofortalecimiento, información y discusiones internas para reconocer el fuerte vínculo entre la población y su territorio, y la existencia de una estructura de gobierno propia que se organiza y toma decisiones para implementar sus planes de vida. Como consecuencia de ello, la naturaleza se mantiene en un buen estado de conservación. Los territorios de vida son la expresión del esfuerzo autodeterminado de pueblos y nacionalidades por gestionar sus territorios, la cultura y la vida, aun así, el 80 % de la superficie de estos territorios de vida están afectados por concesiones mineras y petroleras.

La Comuna Agua Blanca es un Territorio de Vida. Video, 2 min., Fundación ALDEA, 2019.

Contexto jurídico y de política nacional

Indiscutiblemente, la declaratoria de estado plurinacional e intercultural es positiva para los pueblos y las nacionalidades, y también para los territorios de vida en el Ecuador. En la plurinacionalidad, el reconocimiento de los derechos colectivos territoriales de los pueblos y las nacionalidades Indígenas, del pueblo afroecuatoriano y los pueblos montubios tiene importante potencial reivindicativo. Los derechos colectivos de los pueblos no son simplemente una aplicación derivada de los derechos individuales en el entendido liberal, sino que son espacios para construir desde perspectivas paralelas e incluso contradictorias al status quo.

El artículo 57 de la Constitución reconoce la propiedad colectiva (Indígena y por extensión desde el año 2008, afroecuatoriana y montubia) como algo distinto y diferenciado de la propiedad individual clásica. Reconoce una relación particular entre pueblos y territorios que se manifiesta en una profunda interdependencia y un profundo sentido de responsabilidad de los pueblos hacia esos territorios. El reconocimiento constitucional de esa relación se revela en que los derechos territoriales de los pueblos comprenden mucho más que el derecho a ser dueños, como cualquier otro propietario privado. Los derechos territoriales dan lugar a mayores salvaguardas de uso, goce y disfrute de la propiedad plena; garantizan imprescriptibilidad, inalienabilidad e indivisibilidad y además sistemas de gobernanza. Todo lo anterior, en garantía de una relación especial reconocida entre los pueblos y sus territorios.

Taller formación de los equipos informativos sobre territorios de vida. Quito. Foto: Vane Terán, Fundación ALDEA, 2019

En efecto, los derechos territoriales son de amplio alcance. Incluyen la posesión ancestral como equivalente a la propiedad plena (Art. 57.5). Esto es fundamental por, al menos, cuatro razones: primero, porque la titulación de territorios ancestrales no constituye recién como “propiedad” a territorios que predatan al mismo estado ecuatoriano, simplemente los reconoce; segundo, porque en la práctica esa titulación se vuelve imposible cuando los estados exigen el cumplimiento de los requisitos legales ordinarios como a cualquier otro posesionario civil; tercero, porque la propiedad colectiva de las comunidades, los pueblos y las nacionalidades es imprescriptible, inembargable, inalienable e indivisible (Art. 57.4) y cuarto, porque la posesión o propiedad de los territorios ancestrales confiere a las comunas la calidad de “forma ancestral de organización territorial” (Art. 60).

Más allá, los derechos territoriales consolidan el espacio físico y espiritual necesario para el mantenimiento de la identidad, las tradiciones ancestrales y la organización social (Art. 57.1), para la generación y el ejercicio de la autoridad propia (Art. 57.9), para el mantenimiento, el desarrollo y la aplicación de su derecho propio (Art. 57.10). Incluso, dan lugar a la posibilidad de constituir circunscripciones territoriales, en el marco del orden político-administrativo del Ecuador, expresamente para la preservación de la cultura (Art. 60).

Es en los territorios donde se concretan y desde donde se expanden las prácticas propias de manejo de la biodiversidad y del entorno (Art. 57. 8), los conocimientos, las ciencias, las tecnologías y los saberes propios, incluidas las medicinas y las prácticas de medicina tradicional, y el conocimiento de los recursos y las propiedades de la flora y la fauna (Art. 57.12); para todo lo cual es necesario conservar los recursos genéticos de la diversidad biológica y la agrobiodiversidad: las plantas, los animales, los minerales y los ecosistemas (Art. 57.12).

Es por esta relación especial protegida que está expresamente prohibido desplazar a los pueblos de sus territorios ancestrales (Art. 57.11) y que tienen derecho a recuperar y proteger sus lugares rituales y sagrados (Art. 57.12). Además, en reconocimiento de la historia de violencia, las actividades militares están expresamente limitadas en los territorios (Art. 57.20). En el caso de los pueblos en aislamiento, sus territorios (que son sus vidas) están expresamente vedados al extractivismo por las posibilidades de contacto forzado o voluntario (Art. 57, párrafo penúltimo innumerado).

Desde un punto de vista más instrumental, y no por eso menos sustantivo, los derechos territoriales requieren especialmente el ejercicio de los derechos de participación en las decisiones estatales estratégicas y específicas que puedan afectarlos. Expresamente, aplican al manejo y la gestión de los recursos naturales renovables en sus territorios (Art. 57.6 y 57.8) vía consulta previa, libre e informada. Estas decisiones incluyen desde las estratégicas sobre los planes y programas hasta las decisiones sobre una posible ejecución de actividades por fases (Art. 57.7). Expresamente y también por consulta previa, los pueblos deben participar en las medidas legislativas que les puedan afectar (Art. 57.17) y también tienen derecho a participar en órganos estatales específicos, en la definición de las políticas públicas que les conciernen y en el diseño y la decisión de sus prioridades en los planes y proyectos de estado (Art. 57.16).

Taller formación de los equipos informativos sobre territorios de vida. Foto: Vane Terán, Fundación ALDEA, 2019

La efectividad de los derechos territoriales y de participación configuraría nuevas territorialidades (muchas de ellas hasta ahora negadas e invisibilizadas) y una nueva democracia; ese es el potencial emancipador de la plurinacionalidad. Sin embargo, la práctica está lejos de ese potencial. Los territorios siguen sujetos a la ficción que divide el suelo del subsuelo en la cual el estado se reserva por Constitución los recursos debajo de la superficie (Art. 1 y 408). Esta “propiedad” del subsuelo ha sido utilizada para sostener una ideología desarrollista según la cual se impone el extractivismo. Nada en los textos constitucionales sugiere que de esa propiedad se diga que el estado tenga que extraer los recursos; solo ratifican la propiedad inalienable sobre estos mismos. En un estado plurinacional, esos recursos son de toda la población, eso incluye a todos los pueblos y las nacionalidades, y a quienes no necesariamente comparten la visión hegemónica de crecimiento económico basado en la extracción de la naturaleza. Sin embargo, la visión gubernamental-empresarial es que para negar actividades extractivas en los territorios de los pueblos se requiera una reforma constitucional bajo el argumento de que las únicas áreas donde está expresamente prohibido operar son las áreas protegidas e intangibles (Art. 407). Dado que esa prohibición no es expresamente extensiva a los territorios Indígenas, la “lógica” oficial es que el estado no puede negarse a la extracción de recursos. De ahí que la territorialidad en el Ecuador sigue siendo fundamentalmente estatal, hegemónica y extractivista en la práctica.

Al mismo tiempo, las posibilidades de una nueva democracia intercultural son escasas dada la (no) aplicación de los mecanismos de participación reconocidos a los pueblos y las nacionalidades. Las decisiones estratégicas sobre los territorios son privativas del gobierno central, pese a los mandatos sobre consultas y participación en las instancias de toma de esas decisiones. Los pueblos y las nacionalidades no participan en los planes y programas macro con sus visiones no hegemónicas sobre los usos del suelo y el desarrollo económico. Esas decisiones luego se cristalizan en proyectos puntuales, en los cuales la posibilidad real de incidir en la decisión también está mermada por la ideología desarrollista a la que nos referimos arriba. El potencial enriquecimiento del manejo de lo público con visiones alternativas a través de los mecanismos de democracia intercultural aún está por verse.

En general, los derechos de los Pueblos Indígenas están lejos de concretarse. En particular, los territorios como espacios de autonomía relacional de los pueblos aún enfrentan la desconfianza oficial. La objeción a los “estados dentro del estado” se esgrime contra reivindicaciones basadas en el territorio, incluido el derecho al consentimiento en las consultas previas. En este entorno adverso, los pueblos están ejerciendo, de facto, su autodeterminación, su derecho propio, sus sistemas propios de justicia y su gobernanza. En algunos casos con obstáculos serios como la criminalización de jueces Indígenas (recién liberados por amnistía[17]) y a defensores y defensoras de la naturaleza.

Encuentro entre Pueblo Shuar Arutam y el Gobierno Territorial Autónomo de la Nación Wampis en Soledad, Peru. Foto: Edu León / Fundación ALDEA, 2019

En el ámbito judicial, se han conseguido logros con distintos efectos. Sarayaku es sin duda un caso emblemático porque incluye una condena internacional por la Corte Interamericana de Derechos Humanos al Ecuador por violación de derechos de una comunidad Indígena. La sentencia no se ha cumplido integralmente, puesto que la pentolita no ha sido retirada del territorio Sarayaku. Tampoco se ha actualizado la legislación secundaria a los estándares internacionales de consulta previa. En su lugar, incluso el gobierno expidió un inconsulto y subestándar reglamento de operaciones hidrocarburíferas. Pese a lo anterior, la sentencia sí ha sido útil para avanzar otros casos por falta de consulta adecuada en las cortes locales. La comunidad a’i kofán de Sinangoe obtuvo sentencia a favor por falta de consulta previa para otorgar concesiones mineras en un territorio ancestral no titulado[18]. Las comunidades waorani en Pastaza ganaron un juicio por falta de consulta y consentimiento previos apropiados a los pueblos de reciente contacto en el establecimiento de un bloque petrolero[19]. Esta sentencia permite a otras comunidades amazónicas alegar la nulidad de toda la Undécima Ronda Petrolera, un inconsulto plan estatal de expansión petrolera hacia la Amazonía centro sur. En el caso del río Piatúa, se reconocieron vulneraciones a derechos de la naturaleza por un proyecto hidroeléctrico inconsulto[20]En Río Blanco, en la Sierra sur del Ecuador, otra victoria judicial por falta de consulta no ha restaurado el tejido social que los proyectos mineros inconsultos dañaron. Un dirigente antiminero fue recientemente asesinado en un incidente con un comunero prominero.

Por lo indicado aquí, consideramos que, frente a otros mecanismos disponibles incluido el recurso a figuras de protección ya conocidas en el SNAP, el mejor potencial para el reconocimiento de los territorios de vida en el Ecuador está en el reconocimiento y la garantía de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas. Como se ha explicado en esta sección, en el marco de la plurinacionalidad, estos derechos brindan un esquema protector mayor, sobre todo en cuanto a la posibilidad de autonomía; sin embargo, es potencial pues, como también se indica, prevalece aún el sesgo desarrollista. Las comunidades afroecuatorianas y montubias tienen las bases constitucionales para reclamar un tratamiento equivalente a los derechos Indígenas en lo aplicable, pero las demás comunidades mestizas y campesinas no disponen de un marco de protección explícito como las Indígenas, afroecuatorianas y montubias. Sin embargo, sí son titulares de derechos constitucionales conexos al ambiente sano y ecológicamente equilibrado, a la vida, la salud, al agua, la alimentación, la soberanía alimentaria, la consulta previa ambiental y a poder reclamar por los derechos de la naturaleza. Estos derechos los pueden alegar en su dimensión colectiva y en ejercicio de su autonomía, autoconstituirse en territorios de vida. En este caso, el reconocimiento podría alegarse como el uso creativo de la libertad de asociación (Art. 66.13) y de la organización colectiva para “formular propuestas y reivindicaciones económicas, políticas, ambientales, sociales y culturales; y las demás iniciativas que contribuyan al buen vivir”. (Art. 97 en el capítulo sobre participación en democracia del título sobre participación y organización del poder). No conocemos antecedentes de este uso del derecho, pero sin duda podría impulsarse.

Defender los territorios de vida

Los pueblos y las comunidades afectadas por el extractivismo estatal no consentido han impulsado una lucha histórica por la defensa y la conservación de su territorio, tanto dentro de las fronteras del Ecuador como en las áreas de fronteras con Colombia y Perú. La nacionalidad shuar (Ecuador) y la nación wampís (Perú) se reconocen y expresan “somos la misma sangre” y juntan esfuerzos para fortalecer acciones colaborativas[21]. Con base en las historias de vida compartidas, incluidas las amenazas comunes, defienden su territorio, un ambiente sano y libre de contaminación y la integridad de la naturaleza.

Esta lucha tiene como base los sistemas de gobierno propios de cada pueblo y nacionalidad que se sustentan en las comunidades, en las asambleas, los congresos y los consejos de gobierno. Son los espacios desde donde se tejen alianzas y se construyen relaciones para avanzar con sus planes de vida. Son los espacios en los cuales se toman decisiones para la protección y la defensa de sus territorios frente a las acciones extractivistas impulsadas por el estado y ejecutadas por las empresas privadas, donde se rinden cuentas ante el colectivo y donde se replantean las estrategias y el camino a seguir.

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“Hombres y mujeres debemos luchar por la defensa de nuestros territorios. Hay que continuar con más fuerza con la conservación del patrimonio, de los bosques, el cuidado de la naturaleza, porque ese es nuestro legado para nuestras hijas e hijos, para nuestros nietos y nuestro aporte al cuidado de la vida en todo el planeta”.

Testimonio de participante en la reunión del Consorcio TICCA Ecuador, 2020

El fortalecimiento de las formas propias de gobierno y la defensa territorial de los pueblos y las nacionalidades coinciden con la visión, los objetivos y las acciones impulsadas por el Consorcio TICCA a través de la promoción de los procesos de reconocimiento adecuado de los territorios de vida, TICCA, de allí que algunos pueblos y nacionalidades Indígenas y comunidades locales del país se sigan sumado a esta iniciativa. Los territorios de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales han impulsado procesos de autofortalecimiento, documentación y registro, con el apoyo de la iniciativa GSI/PNUD/PPD y de las organizaciones integrantes del Consorcio TICCA en Ecuador.

Los territorios de vida registrados y en proceso de registro en el Ecuador son poseedores de una importante biodiversidad, cultura y conocimientos, y sus formas propias de organización les permitieron tomar medidas para enfrentar la COVID-19. Respuestas colectivas como la producción de plantas y medicina tradicional o el cultivo colectivo de alimentos les permitió responder a la crisis originada por la emergencia sanitaria y las medidas de confinamiento.

Paralelamente, tuvieron que enfrentar la arremetida de la explotación de balsa en sus bosques, que sufrió un inusitado impulso por los estímulos económicos en países como China y Alemania a la energía renovable. La balsa es demandada como materia prima para la fabricación de las aspas de los motores eólicos[22]. En medio del confinamiento, ocurrió el peor derrame petrolero de los últimos años, que afectó a aproximadamente 25 mil familias kichwa del norte de la Amazonía ecuatoriana sin que hasta la fecha exista una adecuada respuesta del estado.

Desde el inicio de la pandemia, el estado no ha logrado actuar con diligencia ni responsabilidad para brindar una atención culturalmente diferenciada a los pueblos y las nacionalidades del país, quienes debieron realizar gestiones propias para atender sus necesidades. La única información disponible sobre el impacto de la COVID-19 en pueblos y nacionalidades surgió a partir de un esfuerzo impulsado por CONFENIAE[23] y registra que, hasta diciembre del 2020, 3257 personas fueron afectadas por la COVID-19.

Nemonte Nenquimo, Presidenta de CONCONAWEP (organización waorani de Pastaza) y premio Goldman 2020, junto a Gilberto Nenquimo Presidente de la Nacionalidad Waorani durante la Asamblea comunitaria para decidir el registro en la Base Mundial de Territorios de Vida, Toñampare, Pastaza, Ecuador. Foto: AMWAE, 2020

Aprendizajes y desafíos en el proceso de reconocimiento de los territorios de vida en el Ecuador

El reconocimiento de los territorios de vida, los procesos de autofortalecimiento, apoyo mutuo, reconocimiento entre pares y registro en la base mundial TICCA, impulsados en Ecuador desde el año 2017, han dejado algunos aprendizajes[24]:

1) contribuyen al ejercicio de sus derechos colectivos, en el marco de la autodeterminación territorial y un aporte a la construcción del estado plurinacional; 2) el fortalecimiento de sus gobiernos propios, sustentados en la participación de mujeres, hombres, jóvenes, y en la aplicación de mecanismos importantes como la consulta comunitaria, el diálogo permanente y la socialización de las acciones; 3) el fortalecimiento de su identidad que se manifiesta en el rescate, la valoración de su identidad como pueblo o nacionalidad Indígena o como comunidad local; 4) la defensa y conservación de sus territorios, el territorio se entiende de una manera íntegra, un sistema en equilibrio, en relación íntima con la naturaleza; 5) la contribución para mitigar los impactos de la crisis climática, lo que ha significado convertirse en un referente de propuestas para la conservación de territorios; 6) el protagonismo de las mujeres en el proceso en defensa y sostenimiento de los territorios de vida; 7) el reconocimiento entre pares para compartir conocimientos, saberes y experiencias para la construcción del conocimiento y el impulso de estrategias colectivas.

A continuación, algunos desafíos identificados para continuar en el proceso de los territorios de vida, TICCA:

  • Sobre la base de los procesos impulsados por los Pueblos Indígenas y las comunidades locales, construir una propuesta de políticas pública y presentarla a nivel legislativo y ejecutivo, para sostener, ampliar y apoyar al ejercicio de sus derechos, la protección de sus territorios y la conservación de la naturaleza en el marco de un estado plurinacional e intercultural.
  • Fortalecer las estrategias de defensa territorial a través del reconocimiento del gobierno propio, la justicia Indígena y la seguridad jurídica sobre los territorios.
  • Continuar con el proceso TICCA e impulsar alianzas que permitan fortalecer las acciones de defensa territorial que tienen los Pueblos Indígenas y las comunidades locales. Estas alianzas podrán incluir procesos transfronterizos, binacionales, amazónicos y latinoamericanos.
  • Generar espacios de articulación con diferentes actores: gobiernos locales, academia, ONG, Cooperación Internacional, que apoyen al reconocimiento adecuado y fortalecimiento de los territorios de vida, TICCA.
  • Apoyar los actuales y nuevos procesos que llevan adelante los Pueblos Indígenas y las comunidades locales a través de programas de capacitación, intercambio de saberes y experiencias.
Menkay Nenquihui, presidenta de la Asociación de Mujeres Waorani del Ecuador (AMWAE) durante la asamblea comunitaria para decidir el registro en la Base Mundial de Territorios de Vida, Toñampare, Pastaza, Ecuador. Foto: AMWAE, 2020

Conclusión

El Ecuador, estado plurinacional e intercultural, reconoce los derechos colectivos territoriales a los pueblos y las nacionalidades Indígenas, al pueblo afroecuatoriano y a los pueblos montubios. Los derechos territoriales garantizan la imprescriptibilidad, inalienabilidad e indivisibilidad y sus propios sistemas de gobernanza; además, consideran su posesión ancestral y consolidan un espacio físico y espiritual necesario para mantener su identidad, sus tradiciones y la organización social, para generar y ejercer su autoridad, y para mantener, desarrollar y aplicar sus derechos. Los derechos colectivos consideran la participación, vía consulta previa, libre e informada, en las decisiones estatales sobre los recursos no renovables existentes en sus territorios.

En este contexto, la política de estado, a través del gobierno nacional, impulsa un modelo desarrollista sustentado en la industria extractiva: el petróleo y la minería, las hidroeléctricas, la explotación maderera y una agricultura extensiva que afecta directamente a los pueblos, su territorialidad y sus derechos colectivos. Estas acciones estatales han significado históricamente la reducción de sus territorios, el desplazamiento de los pueblos y la destrucción de sus espacios vitales.

Frente a esta realidad, los pueblos y las comunidades locales mantienen una lucha histórica y permanente por el ejercicio pleno de sus derechos, su autodeterminación, su derecho territorial, su sistema de gobierno y sus modos de vida. Para ello, tienen alternativas como la construcción de sus propuestas de gobierno propio y conservación (Sistema Achuar de Conservación y Reservas Ecológicas, Kawsak Sacha-Selva Viviente del pueblo Kichwa de Sarayaku (ver este informe), Pueblo Kayambi, entre otras), la lucha en el ámbito judicial a nivel nacional (a´i kofán de Sinangoe, comunidades waorani de Pastaza, Río Piatua, Río Blanco) e internacional (Sentencia de Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del pueblo Kichwa de Sarayaku), incidencia para actualizar la legislación ecuatoriana, recurrir a sistemas y programas de conservación y protección integral (SNAP, Bosque Protectores, Socio Bosque, entre otros).

Los objetivos y las acciones impulsadas por el Consorcio TICCA se alinean con los procesos de gobierno propio y de defensa territorial de los pueblos y las nacionalidades, de allí que el reconocimiento como territorios de vida, TICCA, coadyuva de manera significativa en su lucha. Las comunas Playa de Oro y Agua Blanca en la región costa; el Pueblo Shuar Arutam, la Nacionalidad Waorani y la Asociación de Mujeres Waorani, el Pueblo Kichwa de Sarayaku, la Nacionalidad Achuar del Ecuador a través de su registro como territorios de vida, así como otras nacionalidades y pueblos, cuentan con un mecanismo internacional que contribuye en la defensa de sus territorios y son parte de un tejido global para sostener y defender de la biodiversidad y la vida, así como a sus defensores y defensoras.

Pájaro mot mot o “pedrote”, Comunidad Agua Blanca, Manabí, Ecuador. Foto: Edu León, Fundación ALDEA, 2019

[1] Censo Nacional de Población y Vivienda, INEC, 2010. De acuerdo con la metodología del censo, la autoidentificación según la cultura considera las siguientes opciones: Indígena, afroecuatoriano/a, montubio/a, mestizo/a, blanco/a, otro/a.

[2] Los Tagaeri Taromenane son grupos familiares en aislamiento, relacionados lingüística y culturalmente con la nacionalidad waorani, de reciente contacto. Narváez, et al. 2020. Pueblos indígenas aislados y de reciente contacto (waorani) en la Región del Yasuní: estado, vulneración de derechos y amenaza a la vida en el contexto de la pandemia de COVID-19, Fundación ALDEA, Fundación Pachamama, Quito, Ecuador. Es probable que existan otros pueblos en aislamiento en la Amazonía ecuatoriana, tema sobre el cual urge mayor investigación.

[3] Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana.

[4] Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador.

[5] Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Costa Ecuatoriana

[6] Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador.

[7] Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras

[8] Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicas del Ecuador

[9] Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica

[10] Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas

[11] Según información del MAAE, al 2020 es de 20,35 % de la zona terrestre (incluido el Parque Nacional Galápagos), el 12,07 % de la zona marina (incluido la Reserva Marina de Galápagos). “Estadísticas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas SNAP – 2020” en: http://sinias.ambiente.gob.ec:8099/proyecto-sinias-web/estadisticasAmbientales.jsf?menu=01

[12] http://areasprotegidas.ambiente.gob.ec/es/info-snap

[13] http://areasprotegidas.ambiente.gob.ec/info-snap

[14] https://www.wwf.org.ec/noticiasec/?uNewsID=365496

[15] http://sociobosque.ambiente.gob.ec/node/44

[16] https://www.landrightsnow.org/the-shuar-arutam-people-defend-their-territories-and-biodiversity/

[17] http://www.pueblosynacionalidades.gob.ec/la-asamblea-nacional-concedio-amnistia-a-las-20-autoridades-indigenas-de-la-comunidad-de-san-pedro-del-canar/

[18] https://www.dpe.gob.ec/fallo-historico-a-favor-de-la-nacionalidad-ai-cofan-de-sinangoe-contra-la-mineria/

[19] https://www.amazonfrontlines.org/chronicles/victoria-waorani/

[20] https://www.derechosdelanaturaleza.org.ec/rio-piatua/

[21] Nuestro camino que no tiene fin. Fundación ALDEA, 2019, en YouTube.

[22] https://www.opendemocracy.net/es/fiebre-madera-balsa-pandemia-territorio-achuar/ y https://www.infobae.com/america/agencias/2020/07/18/la-balsa-de-la-esperanza-y-de-la-deforestacion-en-ecuador/

[23] https://confeniae.net/covid19

[24] ALDEA 2020. Memorias: Reunión del Consorcio TICCA – Ecuador. Quito: Fundación ALDEA

Acerca de los autores / las autoras

Paola Maldonado es geógrafa, presidenta de la Fundación ALDEA y copresidenta del tema «Documentar los Territorios de Vida» en el Consejo del Consorcio TICCA.

Jaime Robles es antropólogo e investigador asociado de la Fundación ALDEA.

Verónica Potes es abogada y activista defensora de derechos humanos y derechos colectivos. Integrante del Directorio de la Fundación ALDEA.

La Fundación ALDEA es Miembro del Consorcio TICCA.